Si no hay alegaciones entrará en vigor el 22 de marzo, os pongo algunos de los artículos, pero vamos les ha faltado prohibir tirarse un pedo en la calle... aunque seguro que si lo haces por la noche y es mínimamente sonoro, podrán sancionarte. Hablando de sanciones, mucha ordenanza cívica , pero todas las sanciones son económicas (121 a 3.000€) nada de trabajos a la comunidad o asistir a charlas... nada nada, a pasar cívicamente por caja. http://www.dipualba.es/bop/ficheros/2012/27/BOP%2027-12-P-137.PDF Artículo 13.– Normas de conducta No se permite toda conducta que ensucie el espacio público como arrojar cualquier tipo de objeto, en especial colillas, cáscaras de pipas u otros frutos secos, goma de mascar, papeles, envoltorios y otros objetos similares. No está permitido que los ocupantes de edificios viertan a la vía pública residuos o partículas derivadas de la limpieza de cualquier clase de objeto como mopas, cepillos, alfombras y similares, así como arrojar agua procedente