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Butano

El otro día me hizo falta una botella de butano para una estufa catalítica que tengo, y me acerqué con la bombona vacía a la gasolinera de Repsol que tengo cerca, pero me fue de allí sin cumplir mi misión...

Os cuento, cuando entré para pagar, quien me atendió me pidió 17,95€. Yo le dije que quería una botella de las antiguas, de las de precio regulado, y me dijo que no tenía y además desde hacía bastante tiempo. Me daba la opción de dejar la vieja y llevarme una de las que denominan ligeras, pero que de las viejas no tenía llenas.

Así que me fui e investigué un poco.

En la gasolinera solo había botellas de las denominadas ligeras

La bombona de toda la vida tiene un precio de 12,68€. Ya se que la diferencia de precio (5,27€) no es para arruinarse para alguien que como yo, como mucho, compra una botella al año, pero me toca la moral cuando intentan venderme una cosa que no es lo que quiero. Además, la botella ligera lleva 12 kg de gas en lugar de los 12,5 kg, por lo que realmente el aumento de precio era de un 47%.

El precio máximo de suministro de gases licuados del petróleo envasados en recipientes de carga igual o superior a 8 Kg, e inferior a 20 Kg de contenido de GLP está regulado por el estado, y se actualiza cada dos meses. Aquí tenéis el último BOE que se publicó en noviembre. En él se indica que el precio será de 0,823706 €/Kg a lo que hay que sumar 0,15€/Kg (Impuesto de Hidrocarburos) + 21% (IVA) = 12,68€.

Si os dais cuenta, la norma indica que el precio regulado es para bombonas cuya tara (lo que pesa el casco vacio) sea entre 8 y 20 Kg. Por eso las compañías petroleras han sacado esos formatos 'ligeros' para que esos productos no se incluyan en la regulación y puedan ponerle el precio libremente. La bombona ligera de Repsol pesa 7 Kg y la de Cepsa 7,5 Kg. La de toda la vida de Repsol pesa 14 kg.

A la izquierda la bomboma ligera y la derecha la de toda la vida

Rollo legislativo

La parrafada de ahora es donde indico las normativas existentes sobre el butano, lo siento, es una chapa.

La regulación del precio de la bombona, no era como me pensaba yo, una medida para prestar una energía económica al ciudadano, sino una forma proteger al consumidor para combatir el 'monopolio' que tiene en la práctica Repsol Butano. Ya que como bien se puede leer en el artículo 38 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos: "Los precios de los productos derivados del petróleo serán libres".

Sin embargo el legislador incluyo la disposición adicional trigésima tercera "... en tanto las condiciones de concurrencia y competencia en este mercado no se consideren suficientes, el Ministro de Industria, Energía y Turismo, previo Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, determinará los precios máximos de venta al público... El precio máximo incorporará el coste del suministro a domicilio"

A parte de la regulación del precio máximo de esos envases, la trigésima tercera añade: "el operador al por mayor de GLP con mayor cuota de mercado por sus ventas en el sector de los gases licuados del petróleo envasado, en envases con carga igual o superior a 8 kilogramos e inferior a 20 kilogramos, exceptuados los envases de mezcla para usos de los gases licuados del petróleo como carburante, tendrá la obligación de efectuar el suministro domiciliario a todo peticionario del mismo dentro del ámbito territorial correspondiente".

Y la cuestión parecía clara, si el suministrador mayoritario (Repsol) está obligado a vender y distribuir la bombona clásica a un precio fijado, ¿Por qué no la descarta y vende solo el envase ligero, el cual es a precio libre? Pues porque el legislador se lo olió en su día... "Sin perjuicio de lo dispuesto en los apartados anteriores, en el caso de que el operador al por mayor de GLP con obligación de suministro domiciliario, en envases con carga igual o superior a 8 kilogramos e inferior a 20 kilogramos, no disponga de envases cuya tara sea superior a 9 kilogramos, la obligación de suministro domiciliario a los precios máximos de venta a que hace referencia el apartado 3 se extenderá a envases cuya tara sea inferior a 9 kilogramos, en el correspondiente ámbito territorial"

¿Conseguiré mi bombona?

Con esta información en la mano, que era más o menos lo que yo tenía en mente cuando fui a la gasolinera, me dispuse a pedir una bombona a domicilio a través de la web que tiene Repsol para esto: pidetubombona.repsol.es

Rellené los datos, elegí la bombona de 12,68€ y le día pedir... pero no iba a acabar aquí la historia..



Resulta que para que Repsol te lleve a casa la bombona regulada, hay una pequeña condición que por supuesto está recogida en la misma ley anterior, también en la disposición adicional trigésima tercera: "Los usuarios con un contrato de suministro de gases licuados del petróleo envasado... tendrán derecho a que dicho suministro les sea realizado en su propio domicilio."

Me acerqué a la agencia suministradora, donde efectivamente, me confirmaron que hacía falta tener un contrato de suministro, y que para firmar ese contrato era condición indispensable que tuviera un certificado de la revisión de la instalación fechado no hace más de 5 años. Si necesitaba una revisión, ellos la podían hacer por 80€.

Me fui de allí otra vez con la misma sensación que de la gasolinera. ¿En serio tengo que hacer una inspección de 80€ por una estufa de ruedas que uso dos veces al año?

Pues como indican en la web de Repsol, en mi caso no haría falta:

Si tu instalación consiste en una única bombona doméstica, conectada por un tubo flexible o acoplada directamente en un solo aparato de gas móvil no se requiere revisión.

Si tu instalación está constituida, además del tubo flexible, por un tubo rígido metálico conectado a uno o varios aparatos fijos, sí que es necesario una revisión periódica. En este caso, la normativa vigente sobre instalaciones de gas envasado, establece que es obligatorio realizar una revisión periódica de la misma cada 5 años. Se puede contratar la revisión con cualquier empresa instaladora de gas autorizada.

Fin de la historia

Tras quedarme la duda de si pueden hacerme un contrato de suministro sin tener que hacer una inspección para la estufa catalítica, pensé que que no me quedaba otro remedio que volver a la agencia suministradora a que me lo aclarara, pero no hizo falta.

Por alguna extraña razón que desconozco, el butanero llamó a mi puerta preguntándome si había pedido una bombona, a lo cual evidentemente contesté que sí.

Subió, le pagué los 12,68€ y asunto resuelto... 


La icónica bombona que siempre me recuerda a El milagro de P. Tinto




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